El pasado 30 de noviembre de 2016, El Banco de España dio traslado oficial a las distintas asociaciones que están representadas en el Comité Nacional de Pagos el escrito resultante del análisis realizado sobre la validez de los mandatos electrónicos para la emisión de adeudos directos SEPA (SDD).
LOGALTY (empresa participada por 51% Informa, 39% Socyam y 10% SEUR) les propone que puedan ofrecer a sus Clientes (Pymes y Autónomos) el uso de nuestro servicio de Acreditación Electrónica Certificada para la formalización de las Órdenes de Domiciliación de manera electrónica (eMandato) porque:
- Tanto acreedores como deudores podrán beneficiarse de: (i) garantías jurídicas – nuestro servicio se desarrolla desde una perspectiva legal y cumple con los requisitos más exigentes aprobados por Banco de España- y de (ii) agilidad operativa con ahorro de costes en la tramitación de los mandatos sin necesidad de realizar ningún tipo de inversión.
- Disponer de las órdenes firmadas correctamente le supondrá al acreedor la reducción del riesgo de devolución y reducción del riesgo reputacional.
- La Entidad podrá cubrir una necesidad de mercado -con plenas garantías- generándole una nueva línea de negocio y fidelización de clientes a través de servicios de valor añadido.
¿Por qué nuestra solución y no otra?
ASNEF (uno de los miembros del Comité) fue quien impulso desde hace más de año y medio la normalización de los procedimientos de firma electrónica para los adeudos directos SEPA (SDD).
Hace 4 años, tras un minucioso estudio de las soluciones que se ofrecían en España para la firma de contratos electrónicamente, ASNEF seleccionó a LOGALTY como proveedor de sus servicios para sus asociados por: (a) las garantías jurídicas que aporta; (b) su innovación tecnológica y anticipación a las necesidades del mercado; (c) la agilidad operativa y cobertura funcional, así como (d) la reducción de costes que conlleva el uso de sus servicios. Por todo ello, se constituyó en julio de 2013 la joint venture ASNEF LOGALTY que actúa como Tercera Parte de Confianza por Interposición en el sector financiero.
El objetivo perseguido por ASNEF en la “mesa de trabajo” que se constituyó en el Comité Nacional de Pagos fue que todos los mandatos SEPA se firmaran electrónicamente con servicios de tercero de confianza y tanto en el sector de crédito al consumo como en otros sectores, porque siempre existirá un banco acreedor y un banco deudor y normalizar estos procesos es esencial para el correcto funcionamiento de las operaciones financieras.
El escrito aprobado en Banco de España en noviembre se recoge en su Anexo I de manera priorizada las distintas firmas electrónicas que se consideran válidas de conformidad con la Ley de Firma Electrónica. Se destaca que las firmas en la que interviene un Tercero de Confianza por Interposición -como Logalty- son aquellas que se consideran más robustas a efectos probatorios, y todas sus exigencias probatorias son la que cumple LOGALTY en sus servicios de formalización de documentos firmados electrónicamente.
Las firmas en las que interviene un Tercero de Confianza por Interposición se encuentran posicionadas en los tres primeros puestos de la priorización:
1. Firmas electrónicas reconocidas con interposición de un tercero ajeno a la formalización. |
2. Firmas manuscritas digitalizadas con captura de rasgos asociados y con interposición de un tercero ajeno a la formalización. |
3. Firmas implementadas mediante la consignación de un código de operación previamente remitido al dispositivo móvil del signatario y con intervención de un tercero interpuesto ajeno a la formalización. |
Estos métodos de firma son cumplidos de manera escrupulosa por Logalty en todos sus términos y servicios.
LOGALTY nace en 2005 en un despacho de abogados, GARRIGUES, y todos sus servicios están diseñados desde la perspectiva jurídica y, sobre todo, procesal. Por esta razón, siempre desde LOGALTY se pone de manifiesto la importancia que tiene el pleno valor probatorio de sus servicios de tercera parte de confianza por interposición.
LOGALTY es el generador y custodio de pruebas electrónicas por interposición pionero en Europa, y cabe destacar que viene prestando servicios de tercera parte de confianza a la banca desde el año 2009; dando garantía de que la prueba generada y custodiada es robusta respecto a: la emisión; transmisión; contenido; tiempos del proceso; recepción y firma de todos los hitos relevantes.