{"id":5107,"date":"2020-12-17T13:40:37","date_gmt":"2020-12-17T12:40:37","guid":{"rendered":"https:\/\/www.logalty.com\/?p=5107"},"modified":"2020-12-18T10:04:28","modified_gmt":"2020-12-18T09:04:28","slug":"el-sello-de-caucho-de-las-empresas-es-ahora-el-sello-electronico","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.logalty.com\/blog\/2020\/12\/17\/el-sello-de-caucho-de-las-empresas-es-ahora-el-sello-electronico\/","title":{"rendered":"El sello de caucho de las empresas es ahora el Sello Electr\u00f3nico"},"content":{"rendered":"
El Reglamento eIDAS define un nuevo instrumento para la actuaci\u00f3n electr\u00f3nica de las personas jur\u00eddicas, denominado \u00absello electr\u00f3nico\u00bb.<\/p>\n
El art\u00edculo 3.25) define el sello electr\u00f3nico como los \u00abdatos en formato electr\u00f3nico anejos a otros datos en formato electr\u00f3nico, o asociados de manera l\u00f3gica con ellos, para garantizar el origen y la integridad de estos \u00faltimos<\/strong>\u00ab, por lo que se emplea, en general, para acreditar que una comunicaci\u00f3n o un documento procede de una persona jur\u00eddica y que el contenido no ha sido alterado.<\/p>\n El sello electr\u00f3nico puede basarse en certificado electr\u00f3nico de sello electr\u00f3nico, que se define en el art\u00edculo 3.29) del Reglamento eIDAS como \u00abuna declaraci\u00f3n electr\u00f3nica que vincula los datos de validaci\u00f3n de un sello con una persona jur\u00eddica<\/strong> y confirma el nombre de esa persona\u00bb. Este certificado puede ser cualificado, en cuyo caso tendr\u00e1 mayor garant\u00eda frente a terceros.<\/p>\n En su art\u00edculo 35, el Reglamento eIDAS establece dos efectos jur\u00eddicos del sello electr\u00f3nico cualificado de persona jur\u00eddica (esto es, el\u00a0sello electr\u00f3nico avanzado que se crea mediante un dispositivo cualificado de creaci\u00f3n de sellos electr\u00f3nicos y que se basa en un certificado cualificado de sello electr\u00f3nico):<\/p>\n <\/p>\n A diferencia de la firma electr\u00f3nica, cuyo efecto jur\u00eddico t\u00edpico es sustituir a la firma manuscrita (cuando la misma es cualificada, o cuando, no si\u00e9ndolo, lo permite la legislaci\u00f3n con base en la autonom\u00eda de la voluntad de las partes), el sello electr\u00f3nico de persona jur\u00eddica no tiene, en el Reglamento eIDAS, un efecto de equivalencia con ning\u00fan instrumento del mundo f\u00edsico. En todo caso, el Considerando 59 del Reglamento eIDAS dice que \u00ablos sellos electr\u00f3nicos deben servir como prueba de que un documento electr\u00f3nico ha sido expedido por una persona jur\u00eddica<\/strong>, aportando certeza sobre el origen y la integridad del documento\u00bb.<\/p>\n Ello no significa, sin embargo, que un sello electr\u00f3nico no pueda constituir, tambi\u00e9n, un sistema de firma electr\u00f3nica. Dada la definici\u00f3n legal de firma electr\u00f3nica contenida en el art\u00edculo 3.10) del Reglamento eIDAS, en cuya virtud la firma electr\u00f3nica son \u00ablos datos en formato electr\u00f3nico anejos a otros datos electr\u00f3nicos o asociados de manera l\u00f3gica con ellos que utiliza el firmante para firmar\u00bb,\u00a0un sello electr\u00f3nico empleado o controlado por una persona f\u00edsica, representante de una persona jur\u00eddica<\/strong>, que fuera empleado para la realizaci\u00f3n de declaraciones de voluntad de la persona jur\u00eddica, dentro del \u00e1mbito de apoderamiento de dicha persona f\u00edsica,\u00a0entrar\u00eda en la definici\u00f3n de firma electr\u00f3nica<\/strong>.<\/p>\n Por este motivo, siempre que no exista una norma que imponga la actuaci\u00f3n personal y directa de la persona f\u00edsica representante, se podr\u00eda utilizar dicho sello electr\u00f3nico como medio v\u00e1lido de firma electr\u00f3nica. As\u00ed sucede, con car\u00e1cter general, en el caso de la firma de contratos que incorporan condiciones generales de la contrataci\u00f3n, siempre que no deban formalizarse en escritura p\u00fablica.<\/p>\nEl sello electr\u00f3nico cualificado<\/span><\/h3>\n
\n
\u00bfPara qu\u00e9 sirve el Sello electr\u00f3nico?<\/span><\/h3>\n
\u00bfEs el sello electr\u00f3nico una firma electr\u00f3nica de empresa?<\/span><\/h3>\n
\u00bfCu\u00e1nto cuesta?\u00a0<\/span><\/h3>\n